lunes, 28 de mayo de 2018

Problematizando e iniciando la temática d la llamada revolución industrial.



Problematizando el término Revolución Induatrial…

La Revolución Industrial fue un acontecimiento de gran magnitud, que transformó la vida de la humanidad. Por ello ha merecido múltiples aproximaciones por parte de distintos historiadores. Debido a sus particularidades se ha discutido, incluso, si el término "revolución" es el correcto para designar el conjunto de cambios que se produjeron en Inglaterra en el siglo XVIII.
¿Revolución o "evolución acelerada"?

"El término 'revolución' implica un cambio repentino que no es, en realidad, característico de los procesos económicos. El sistema de relación humana llamado capitalismo se originó antes de 1760 y alcanzó su pleno desarrollo mucho después de 1830: existe el peligro de ignorar el factor esencial de la continuidad."
T.S. ASHTON. "La revolución industrial." 

"(tenemos la) (...) impresión de que la enorme transformación industrial operada fue menos una 'revolución' que una 'rápida e irresistible evolución', según frase de sir William Ashley. En el vasto teatro de la historia económica no se producen cambios improvisados de decorado" 
 HENRI SÉE. "Los orígenes del capitalismo moderno."


"La Revolución Industrial señala la transformación más fundamental experimentada por la vida humana en la historia del mundo, registrada en documentos escritos (...). En la vida humana no había ningún cambio tan profundo desde la invención de la agricultura, la metalurgia y las ciudades en el Neolítico, como el advenimiento de la industrialización"
ERIC HOBSBAWM "Industria e Imperio" 
"Llamar Revolución Industrial a este proceso es algo lógico y conforme a una tradición sólidamente establecida, aunque por algún tiempo hubo una tendencia entre los historiadores conservadores a negar su existencia y sustituir el término por otro más aceptable, como, por ejemplo, 'evolución acelerada'. Si la súbita, cualitativa y fundamental transformación verificada hacia 1780 no fue una revolución, la palabra carece de un significado sensato."
ERIC HOBSBAWM "Las revoluciones burguesas" 


"La Revolución Neolítica del 8000 a.C. y la Revolución Industrial del siglo XVIII d.C. crearon brechas profundas en la continuidad del proceso histórico. Con cada una de estas dos revoluciones empieza una 'historia nueva', una historia dramática y completamente ajena a la anterior (...). En este contexto, el término 'revolución' no quiere decir, ni mucho ni menos, que los cambios representaran accidentes súbitos sin ninguna relación con las situaciones y evoluciones anteriores (...). Cada una de estas revoluciones tuvo sus raíces en el pasado, pero, al mismo tiempo, cada una de ellas produjo una honda desgajadura respecto de ese mismo pasado."
CARLO CIPOLLA "Historia económica de la población mundial 

¿Por qué en Inglaterra y por qué en el siglo XVIII?


"El espectro de una explicación monocausal, o los ingredientes de una explicación multicausal, han sido aducidos en su totalidad (...). De la misma manera, en mi opinión, es inadecuado concebir el problema de la identificación de las causas de la Revolución Industrial en Gran Bretaña en términos de una explicación monocasual (...). En el crecimiento del comercio exterior y en la expansión colonial, Francia marchó codo a codo en Gran Bretaña entre 1713 y 1780. En el avance agrícola, las Provincias unidas (Holanda), Flandes (Bélgica) y el norte de Francia fueron pioneros en las innovaciones que caracterizaron a la agricultura progresiva de Inglaterra en el siglo XVIII (...). Irlanda experimentó un crecimiento de población análogo (o incluso mayor) al de Gran Bretaña. El protestantismo, la actividad de sectas minoritarias e inconformistas, fue un fenómeno de dimensión europea. Además, la clásica tesis weberiana (del sociólogo Max Weber) que asocia el calvinismo al capitalismo sigue sin dar con una demostración satisfactoria e incluso ha sido seriamente impugnada (...). En lo concerniente a la sofisticación comercial y financiera, y a las instituciones relacionadas con esas actividades, las Provincias Unidas estaban más desarrolladas que Londres (...). El crédito y el capital eran más abundante y baratos en relación con las oportunidades de inversión en Holanda que en Gran Bretaña. En  cuanto a la estructura social, las actividades culturales y los procesos políticos adecuados a la prosecución de la expansión mundial, Holanda se convirtió antes que cualquier otro país de Europa, incluyendo Gran Bretaña, en una sociedad burguesa (...). El crecimiento del conocimiento científico, fue un fenómeno de dimensiones europeas. En estos campos culturales, intelectuales y científicos de Francia, en particular, el país que desarrolló con más esplendor la herencia europea (...). La dotación de recursos naturales de Inglaterra no era única (...). Tampoco lo era su aptitud para los transportes fluviales internos. La lista podría prolongarse y cada elemento de ella podría elaborarse extensamente. Pero la conclusión que hay que extraer parece inesquivable, casi un lugar común: si el crecimiento de Inglaterra no fue el único en muchos, si no en todos sus elementos particulares, su unicidad se basa en la combinación de relaciones que se concentraron durante el siglo XVIII en Inglaterra y no en otras potencias europeas"
PETER MATHÍAS "La industrialización británica"¿única o no? Incluido en P. MATHÍAS, P. VILAR y OTROS, "La industrialización europea: estadios y tipos". Madrid, crítica.

Ampliamos sobre los cambios y la coyuntura propicia para la llamada revolución

REVOLUCIÓN AGRÍCOLA:

El trabajo de la tierra antes de la revolución.
“La agricultura tradicional implicaba que los campesinos cultivaban varias “tiras” en diferentes campos. Cultivos de trigo y cebada eran sembrados en rotación anual con la tierra dejada en barbecho cada tres años para su recuperación. Los campesinos compartían tras la cosecha las tierras en común y tenían derecho a extraer turba, madera, forraje y a dejar pastar a sus animales. El sistema era ineficiente. La tierra en barbecho y la siembra a voleo suponían un despilfarro. La ausencia de cercas suponía la extensión del número de enfermedades. Las epidemias y la falta de forraje en invierno se traducían en una ganadería pobre. Las innovaciones se retrasaban porque cualquier cambio necesitaba de aprobación unánime.”

Sobre el cercamiento de los campos.

Hay que señalar también que el sistema de las common lands nunca ha aportado nada a la solución del problema del empleo. Son tales y tantos los beneficios y ventajas que se podrían derivar de un total cercamiento de los common lands (tierras comunales) que me es imposible descubrirlos o enumerarlos. Daría  la oportunidad de separar las tierras áridas de las húmedas, la de desecar estas últimas, la de abonar las zonas agotadas… El nuevo ordenamiento permitiría, con la ayuda de hábiles ganaderos, la cría de ovinos y bovinos de raza mucho mejor que las que tenemos actualmente. Teniendo el ganado en zonas cercadas se conseguiría mantener un número mayor con la misma cantidad de alimento … y el ganado podría rendir a la comunidad y a los individuos  cien veces más de los que hacía hasta ahora, antes de los cercamientos. Hay que añadir que se abastecería mejor de carne de buey y de cordero a los mercados y que el precio de estos géneros se reduciría considerablemente.
Apenas se hiciese un cercamiento,… se desarrollarían actividades y trabajos de toda índole en esos lugares…: excavar fosas y canales de desagüe, construir terraplenes y vallas, plantar setos y árboles; los fabricantes, los carpinteros, los herreros y demás artesanos del campo no tendrían que quedarse con los brazos cruzados… Pocos años después, tras haber llevado a buen término estos primeros y temporales esfuerzos, y cuando todo el conjunto estuviera organizado en un sistema agrícola regular, se podría alimentar y dar trabajo a una población notablemente aumentada”.
John Middleton: “Retrato de la agricultura del Middlesex”, 1798. ; en Balboa y otros: “Historia do mundo contemporáneo / Síntesis e documentos”, 1994.

REVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA
“Fue, en realidad, un descenso de la mortalidad lo que hizo que incrementara la población. Durante las cuatro primeras décadas del siglo XVIII, la costumbre de la ginebra barata así como intermitentes períodos de hambre, constituyeron elementos primordiales del alto grado de la mortalidad. Pero entre los años 1740 y 1820, el porcentaje de la mortalidad descendió casi continuamente… (…) Al introducirse el cultivo de tubérculos, se pudo alimentar mayor número de ganado durante los meses de invierno y así, surtir de carne fresca al país durante todo el año. El aumento de consumo de legumbres, aumentó la resistencia contra las enfermedades. Más altos niveles de limpieza personal, motivados por el uso común del jabón y de ropa interior de algodón barato, disminuyeron los peligros de infección. Los ladrillos o la piedra empleados como materiales de construcción en lugar de las maderas de las chozas y casas de campo, redujo el número de epidemias… (…) Las grandes ciudades vieron sus calles pavimentadas, fueron dotadas de alcantarillado y de agua corriente, el conocimiento de la medicina y de la cirugía se desarrolló, aumentaron los hospitales y se prestó mayor atención a detalles como la destrucción de la basura y el adecuado entierro de los difuntos.”
ASHTON, T.S.; “La Revolución Industrial”; 1950.

La precursora, la industria algodonera:
Opinión de un contemporáneo: “Es un hecho curioso que, en los comienzos de la industria algodonera, todas las operaciones, desde el tratamiento inicial de la materia prima hasta su salida en forma de tejido, se efectuaban bajo el mismo techo en la casa del tejedor. En un segundo período, con la mejora de las técnicas, la práctica era fabricar los hilados en la fábrica y tejerlos a domicilio. En la actualidad, ahora que esta industria ha llegado a su madurez, todas las operaciones, que ponen en juego medios más amplios y complejos, se efectúan de nuevo en un solo edificio…en las fábricas movidas por el vapor, el algodón es cardado, bobinado en mechas, hilado y transformado en tejido, y una sola fábrica es suficiente para producir la misma cantidad de metros para la que antes era preciso la mano de obra de toda la región”
Gueston: Historie abregeé de la manufacture de coton 1823

Tarea para realizar….

1-¿Cómo objeta el texto de Mathías las explicaciones monocausales de la Revolución Industrial?
2-¿Por qué la Revolución Industrial se produjo en Inglaterra y en el siglo XVIII?
3-Resume la posición de los historiadores que están a favor de llamar "Revolución" a la Revolución Industrial y luego resume la posición de los historiadores que no quieren hablar de "Revolución"
4-De acuerdo a las definiciones que han leído sobre el concepto de "Revolución" y a lo trabajado, ¿Cuál de las posturas historiográficas te parece más adecuada?, ¿Por qué?
5-Cómo puedes relacionar los textos de la revolución agrícola y demográfica, con el proceso industrial gestado en el siglo XVIII.


lunes, 7 de mayo de 2018

DECLARACIÓN DE DERECHOS DEL HOMBRE Y EL CIUDADANO

CUADERNO DE QUEJAS DEL CLERO DE LA BAILÍA DE ORLEANS,  31 marzo de 1789

Religión. Que Su Majestad, a ejemplo de sus predecesores, conceda total protección, y apoyo a la religión que es la base más firme del trono, el pilar más sólido de la fidelidad de los súbditos y la salvaguarda más segura para la estabilidad de los imperios. (..)

Disciplina eclesiástica. Que se restablezca con eficacia la disciplina eclesiástica; por lo tanto, que se vigile especialmente, [...] que los arzobispos y obispos residan en sus diócesis y no puedan ausentarse de ellas sin causas justas y legítimas, reconocidas por el derecho y certificadas como tales por el metropolitano y el obispo más antiguo de la provincia; (...)

Colegios. Que se debata, en profundidad, sobre los medios adecuados para dotar a todos los colegios con maestros cultos y religiosos y que puedan igualmente formar a sus alumnos en la piedad, en las buenas costumbres y en las ciencias profanas….

Temporalidades del clero. Asignación de los curas y de los vicarios. Que se tenga consideración especial en mejorar la vida de los párrocos y de los vicarios, tanto en las ciudades como en el campo. Que se ponga remedio a esta situación aumentando la porción congrua que sigue siendo muy insuficiente para que un sacerdote pueda subsistir dignamente, sacerdote que tiene que subvenir a sus propias necesidades, pero sobre todo a las de los pobres. [...]

Administración. [...] Que se dote a la nación de un nuevo código civil y criminal; que el procedimiento se simplifique y los gastos de justicia se rebajen.

Que todos los distritos rurales dispongan de cirujanos y comadronas, obligados a atender gratuitamente a los pobres que tengan en su poder certificado de pobreza expedido por el párraco; [...]

Que se cumplan las leyes que regulan el uso legítimo del derecho a caza; que se acabe con sus frecuentes abusos, otorgando a los campesinos los medios libres y eficaces de recurrir contra culpables, reparando exactamente los daños, debidamente comprobados, que hayan sido causados por el excesivo número de piezas de caza en las tierras de los señores.

Que se proteja la libertad personal de los ciudadanos frente al uso arbitrario de las cédulas reales de encarcelamiento o destierro.

Que se supriman todas las aduanas interiores del reino conservándose únicamente las que hacen frontera con él exterior [...]

Que se convoquen periódicamente los Estados Generales, se fije fecha para las asambleas posteriores, y la duración de reunión de los próximos Estados de 1789

Los diputados llevarán a la Asamblea general de los Estados las peticiones del clero de este bailío.

Eliminación de la venta de cargos de judicatura, cuando el estado de la hacienda del rey lo permita.

La unificación en todo el reino de los pesos y medidas.

La plena inviolabilidad de la correspondencia entregada en las oficinas de correos, bajo la salvaguarda sagrada de la fe pública.

La rebaja de los pechos y prestaciones personales.

Los referidos diputados podrán aceptar que en un futuro todo impuesto, diferenciador entre los estamentos sea abolido. Que, igualmente, todo subsidio, contribución y cargas públicas sean repartidos entre las distintas clases de ciudadanos, en razón de sus propiedades. Que se acabe con las excepciones, privilegios y exenciones pecuniarias en el Estado. [...]

Además, se encargará a los citados diputados que, una vez que se haya procedido a evaluar la cantidad que el clero debe aportar, soliciten les sea encomendada su recaudación y reparto, para realizarlos siguiendo las formas graduales y habituales, formas a las que el mismo rey ha reconocido su equidad y su prudencia, [...] y que ha prometido solemnemente conservar [ al clero], y a las que el clero no podría renunciar sin sacrificar los intereses de sus miembros más útiles y menos acomodados…


CUADERNO DE QUEJAS DE LOS CAMPESINOS DE GUYANCOURT

1. Que todos los impuestos sean pagados por los tres órdenes, sin ninguna excepción, cada uno según sus posibilidades económicas.

2. Que haya una única ley para todo el Reino.

3. Supresión total de todas las tasas e impuestos.

4. Exención de impuestos para todas las ferias y mercados y abolición de todos los peajes.

5. Supresión de toda clase de diezmo en especie.

7. Destrucción de los pájaros, que hacen mucho daño, tanto en el tiempo de la siembra como en el de la cosecha.

8. Que los derechos de las propiedades sean sagrados e inviolables.

9. Que se aplique la justicia más rápidamente y con menos parcialidad.

10. Abolición total de las corveas, sean de la clase que sean.

16. La parroquia tiene necesidad de un vicario, teniendo en cuenta lo alejadas que están algunas granjas; también necesita un maestro y una maestra para la educación de los jóvenes.

17. Que todos los curas estén obligados a realizar todas las funciones de su ministerio sin exigir ninguna retribución



CUADERNO DE QUEJAS DEL TERCER ESTADO DE LA BAILÍA DE NANCY

1. La Asamblea pide que la persona de los diputados en los Estados Generales sea inviolable y sagrada, y durante todo el tiempo de la reunión no estén sometidos más que a la jurisdicción y la policía de los mismos Estados.

3. La Asamblea pide que sea establecido que el Tercer Estado tendrá en las Asambleas de la nación, por lo menos tantos diputados como los otros dos órdenes reunidos; que las deliberaciones se realizarán por los tres órdenes reunidos y que los votos serán contados por cabezas.

4. El objeto del que deben ocuparse esencialmente y en primer lugar, es el de asegurarse a Francia una Constitución buena y sólida, que fije para siempre y de la forma más clara posible los derechos del Trono y los de la Nación.

5. Piden como primer punto de la Constitución la reunión periódica de los Estados Generales y que la segunda sesión de los mismos sea muy próxima.

7. Se reconocerá solamente que la Nación es la única que tiene derecho a crear impuestos, es decir, a conceder o rehusar subsidios y reglamentar cuál será su montante, su uso y reparto y su duración (...).

8. Que se establezca la libertad de prensa y que se pueda, sin necesidad de censura previa ni permiso, imprimir y hacer imprimir toda clase de escritos, salvo la obligación del impresor y del autor de hacer constar sus nombres al pie de sus escritos y el riesgo de ser castigados según exigiere el caso, si el impreso incluyera cosas contrarias a la Religión, a las costumbres y al buen orden y al honor de las familias




Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789
Adoptada por la Asamblea Constituyente francesa del 20 al 26 de agosto de 1789,
aceptada por el Rey de Francia el 5 de octubre de 1789


Los representantes del pueblo francés, que han formado una Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, la negligencia o el desprecio de los derechos humanos son las únicas causas de calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne estos derechos naturales, imprescriptibles e inalienables; para que, estando esta declaración continuamente presente en la mente de los miembros de la corporación social, puedan mostrarse siempre atentos a sus derechos y a sus deberes; para que los actos de los poderes legislativo y ejecutivo del gobierno, pudiendo ser confrontados en todo momento para los fines de las instituciones políticas, puedan ser más respetados, y también para que las aspiraciones futuras de los ciudadanos, al ser dirigidas por principios sencillos e incontestables, puedan tender siempre a mantener la Constitución y la felicidad general.

Por estas razones, la Asamblea Nacional, en presencia del Ser Supremo y con la esperanza de su bendición y favor, reconoce y declara los siguientes sagrados derechos del hombre y del ciudadano:

I. Los hombres han nacido, y continúan siendo, libres e iguales en cuanto a sus derechos. Por lo tanto, las distinciones civiles sólo podrán fundarse en la utilidad pública.

II. La finalidad de todas las asociaciones políticas es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre; y esos derechos son libertad, propiedad, seguridad y resistencia a la opresión.

III. La nación es esencialmente la fuente de toda soberanía; ningún individuo ni ninguna corporación pueden ser revestidos de autoridad alguna que no emane directamente de ella.

IV. La libertad política consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre, no tiene otros límites que los necesarios para garantizar a cualquier otro hombre el libre ejercicio de los mismos derechos; y estos límites sólo pueden ser determinados por la ley.

V. La ley sólo debe prohibir las acciones que son perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no debe ser estorbado. Nadie debe verse obligado a aquello que la ley no ordena.

VI. La ley es expresión de la voluntad de la comunidad. Todos los ciudadanos tienen derecho a colaborar en su formación, sea personalmente, sea por medio de sus representantes. Debe ser igual para todos, sea para castigar o para premiar; y siendo todos iguales ante ella, todos son igualmente elegibles para todos los honores, colocaciones y empleos, conforme a sus distintas capacidades, sin ninguna otra distinción que la creada por sus virtudes y conocimientos.

VII. Ningún hombre puede ser acusado, arrestado y mantenido en confinamiento, excepto en los casos determinados por la ley, y de acuerdo con las formas por ésta prescritas. Todo aquél que promueva, solicite, ejecute o haga que sean ejecutadas órdenes arbitrarias, debe ser castigado, y todo ciudadano requerido o aprehendido por virtud de la ley debe obedecer inmediatamente, y se hace culpable si ofrece resistencia.

VIII. La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son evidentemente necesarias; y nadie debe ser castigado sino en virtud de una ley promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada.

IX. Todo hombre es considerado inocente hasta que ha sido convicto. Por lo tanto, siempre que su detención se haga indispensable, se ha de evitar por la ley cualquier rigor mayor del indispensable para asegurar su persona.

X. Ningún hombre debe ser molestado por razón de sus opiniones, ni aun por sus ideas religiosas, siempre que al manifestarlas no se causen trastornos del orden público establecido por la ley.

XI. Puesto que la comunicación sin trabas de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, teniendo en cuenta que es responsable de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la ley.

XII. Siendo necesaria una fuerza pública para dar protección a los derechos del hombre y del ciudadano, se constituirá esta fuerza en beneficio de la comunidad, y no para el provecho particular de las personas por quienes está constituida.

XIII. Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los demás gastos del gobierno, una contribución común, ésta debe ser distribuida equitativamente entre los miembros de la comunidad, de acuerdo con sus facultades.

XIV. Todo ciudadano tiene derecho, ya por sí mismo o por su representante, a emitir voto libremente para determinar la necesidad de las contribuciones públicas, su adjudicación y su cuantía, modo de amillaramiento y duración

XV. Toda comunidad tiene derecho a pedir a todos sus agentes cuentas de su conducta.

XVI. Toda comunidad en la que no esté estipulada la separación de poderes y la seguridad de derechos necesita una Constitución.

XVII. Siendo inviolable y sagrado el derecho de propiedad, nadie deberá ser privado de él, excepto en los casos de necesidad pública evidente, legalmente comprobada, y en condiciones de una indemnización previa y justa.